Notificación de venta a la DGT: qué es, cuándo hacerla y cómo
La notificación de venta a la DGT libera al vendedor de las multas del coche desde el día en que se presenta. Cuándo hacerla, qué papeles pide y cómo.
Redacción de DocunationPublicada el 6 min de lectura

La notificación de venta es el trámite con el que el vendedor comunica a la DGT que ha vendido su vehículo. Desde el día en que la presentas, las sanciones del coche dejan de ser responsabilidad tuya aunque el comprador todavía no haya hecho el cambio de titularidad. La pide el vendedor, por internet o en una oficina de Tráfico con cita previa, con el contrato de compraventa firmado por los dos y el pago de una tasa, y el Reglamento General de Vehículos le da diez días para hacerla (artículo 32.1).
Para qué te protege
Mientras el coche siga a tu nombre en el Registro de Vehículos, para Tráfico sigues siendo su titular. El artículo 32.1 del Reglamento lo dice claramente: el vendedor que no notifica la venta sigue siendo considerado titular hasta que el vehículo se inscriba a nombre de otra persona. Y ser titular tiene consecuencias aunque ya no tengas el coche:
- Las multas sin parada del vehículo te llegan a ti, como las de radar fijo. Tienes que identificar al conductor (artículo 11.1 de la Ley de Tráfico) o responder tú.
- Respondes de las infracciones de documentación, de ITV y del estado de conservación del vehículo (artículo 82.f de la misma ley).
- Respondes de las de estacionamiento y de los peajes impagados, salvo que haya un conductor habitual o se identifique al responsable (artículo 82.g).
La DGT lo resume así: mientras no se hace el cambio de titularidad, las multas de radares fijos, de seguro o de ITV te seguirán llegando. Con la notificación, Tráfico anota al comprador como nuevo titular en el Registro de Vehículos (artículo 32.2) y, desde esa fecha, el responsable de las sanciones del vehículo es él.
Cuándo hacerla
Cuanto antes, idealmente el mismo día de la venta. La DGT aclara que la notificación surte efecto desde la fecha en que se presenta, no desde la del contrato. Cada día que esperas es un día en que el coche sigue siendo tuyo para Tráfico.
El plazo legal es de diez días desde la venta. Si el comprador hace el cambio de titularidad antes de que tú notifiques, la venta ya queda inscrita a su nombre y la notificación no añade nada. El problema es que no siempre lo sabes: los compradores tienen 30 días y a veces se retrasan. Si no te ha enseñado el permiso de circulación nuevo, notifica tú.
La notificación no sustituye a la transferencia. El comprador sigue obligado a hacer el cambio de titularidad, y hasta que lo haga no recibirá el permiso de circulación nuevo.
Requisitos del vehículo
La DGT solo admite la notificación si el coche se podría transferir, es decir:
- está dado de alta (si está en baja temporal, tienes que darlo de alta antes);
- tiene pagado el impuesto de circulación del año anterior;
- no tiene sanciones pendientes del propio vehículo (la DGT aclara que no se refiere a las de circulación, como el exceso de velocidad o el aparcamiento);
- no tiene una reserva de dominio inscrita, salvo consentimiento de la financiera;
- si tiene un embargo o un precinto, hace falta un documento firmado por el comprador en el que diga que lo conoce, o que conste en el contrato.
No existe notificación de venta para los vehículos de movilidad personal (patinetes eléctricos y similares inscritos en la DGT): en ese caso, el comprador hace directamente la transferencia.
Qué necesitas
- El contrato de compraventa firmado por comprador y vendedor en todas sus hojas, o la factura si vende una empresa. Si todavía no lo tienes, puedes generarlo con el contrato de compraventa de vehículo o el de compraventa de moto. La DGT recomienda que incluya la hora exacta de la entrega.
- La tasa de la DGT para este trámite, que es más baja que la de transferencia. Su importe está en la página de la notificación de venta de la sede.
- Por internet: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- En la oficina: el impreso oficial de solicitud, tu documento de identidad y el contrato original.
Cómo hacerla por internet, paso a paso
- Entra en el registro electrónico de la DGT, en la opción «Notificación de venta - Solicitud general», con tu certificado, DNI electrónico o Cl@ve.
- Revisa tus datos y pon un correo y un domicilio para las notificaciones.
- En «Solicitud», escribe la matrícula y el NIF tuyo y del comprador.
- Paga la tasa en el propio formulario o escribe el número de una tasa que ya hayas pagado (12 cifras, en la última página del justificante).
- Adjunta el contrato escaneado, legible y con las firmas en todas las hojas.
- Envía la solicitud y guarda el justificante de presentación. La DGT indica que manda el justificante de la notificación por correo en una semana aproximadamente; si falta algo, te escribe para que lo subsanes.
Cómo hacerla en una oficina
Pide cita previa por internet o en el 060 y lleva el impreso, tu documento de identidad, el contrato original y la tasa pagada o una tarjeta (en las oficinas no se paga en efectivo). La atención presencial es solo para particulares: las empresas lo hacen por internet.
Si no puedes ir, puede hacerlo otra persona en tu nombre si la autorizas en el Registro de apoderamientos de la DGT o con su modelo «Otorgamiento de representación», firmado por ti y en el que conste que es gratuito. Una autorización genérica no basta para este trámite, y al pedir la cita hay que dar el DNI de los dos.
Qué pasa si el comprador no hace el cambio de titularidad
Si notificaste la venta, en lo que se refiere a las sanciones ya estás cubierto desde esa fecha. El comprador, en cambio, se arriesga a que se ordene la inmovilización del coche y a un procedimiento sancionador cuando pasan los 30 días sin pedir la transferencia (artículo 32.3), y no tendrá un permiso de circulación a su nombre.
Si además el contrato le obliga a hacer el cambio en un plazo, como el de nuestro modelo, puedes reclamarle que lo cumpla. Empieza por un requerimiento por escrito: un burofax deja constancia de qué le pides y de cuándo lo recibió, y antes de ir al juzgado la ley exige haber intentado negociar.
Si te llega una multa del coche vendido
- Infracción posterior a la entrega, pero anterior a la notificación: identifica al comprador como conductor en el plazo que indique la notificación de la multa y aporta el contrato con la hora de entrega. Sin hora, demostrar que ya no conducías tú es mucho más difícil.
- Infracción posterior a la notificación: presenta alegaciones con el justificante de la notificación de venta, que acredita que el titular ya era el comprador.
Errores típicos
- Esperar a que el comprador haga la transferencia. Es justo el caso que la notificación evita: si se retrasa, las multas siguen viniendo a tu nombre.
- Entregar el coche sin el contrato original firmado. Sin contrato no puedes notificar. La DGT aconseja no entregar nunca el coche sin tenerlo.
- No pedir copia del DNI del comprador. La DGT también lo recomienda: te hará falta si tienes que identificarle como conductor.
- Notificar la venta a un compraventa como si fuera un particular. Si entregas el coche a un profesional para que lo venda, el trámite es otro: la entrega a compraventa, que deja el coche en baja temporal y también tiene un plazo de diez días (artículo 33 del Reglamento).
- Olvidar el seguro. Comunica la venta por escrito a tu aseguradora en quince días, como exige el artículo 34 de la Ley de Contrato de Seguro. Es una obligación distinta de la notificación a Tráfico.
Casos especiales
- Vehículos históricos. Tienen su propio formulario en el registro electrónico de la DGT («Notificación de venta - Vehículos históricos»).
- Vendedor menor de edad. La solicitud lleva los datos y la firma del padre, la madre o el tutor, con su DNI y el documento que acredite la relación.
- Coche con embargo o precinto. Se puede notificar con el documento del comprador que diga que lo conoce, pero si hay precinto no se expedirá el permiso de circulación hasta que se levante.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatoria la notificación de venta?
El Reglamento General de Vehículos dice que el vendedor debe comunicar la venta a Tráfico en diez días (artículo 32.1). Si el comprador hace la transferencia en ese tiempo, la venta ya queda inscrita a su nombre; si no, la notificación es la forma de cumplir esa obligación y de dejar de responder del coche.
¿Desde cuándo dejan de llegarme las multas del coche que he vendido?
Desde el día en que presentas la notificación, no desde la fecha del contrato: así lo indica la DGT. Por eso conviene hacerla el mismo día de la venta. Las infracciones cometidas entre la entrega y la notificación también se pueden aclarar, identificando al comprador como conductor con el contrato y la hora de entrega.
¿Puedo notificar la venta sin el contrato?
No. La DGT exige siempre el contrato de compraventa firmado por las dos partes en todas sus hojas, o la factura si vende una empresa. Por eso no conviene entregar el coche sin tener tu copia original firmada.
¿Se puede notificar la venta de un coche financiado?
Si la financiera inscribió una reserva de dominio, no: ni la notificación ni la transferencia se admiten hasta que se cancele o el comprador se subrogue en la deuda con el consentimiento de la entidad. Hay que pedir a la financiera la carta de cancelación e inscribirla en el Registro de Bienes Muebles.
¿Cuánto tarda la DGT en confirmar la notificación de venta?
Si la haces por internet, la DGT indica que envía el justificante al correo electrónico de la solicitud en una semana aproximadamente. Lo que cuenta es la fecha de presentación, así que guarda el justificante de registro desde el primer momento.
Fuentes
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